Entrada en Italia de ciudadanos no comunitarios

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Pueden entrar en el territorio italiano sólo los extranjeros que:

  • entren por los puestos fronterizos habilitados al efecto;
  • estén provistos de un pasaporte o de un documento de viaje equivalente (pdf 21 KB) que se considere válido para cruzar la frontera;
  • estén provistos de un visado de entrada o de tránsito, cuando sea requerido;
  • no estén incluidos en el Sistema de Información Schengen como personas no admisibles;
  • no sean considerados peligrosos para el orden público, la seguridad nacional, la salud pública o las relaciones internacionales;
  • acrediten disponer de medios económicos suficientes para su subsistencia (vease tabla) y para volver a su país (será suficiente presentar el billete de vuelta)

Los extranjeros en entrada serán sometidos a controles fronterizos, aduaneros, de divisa y sanitarios.

Los extranjeros que no cumplan todos los requisitos establecidos para la entrada pueden ser rechazados en la frontera, mediante resolución de la Autoridad Fronteriza, incluso si están provistos de regular visado de entrada o tránsito.

Los extranjeros que vengan a Italia por motivo de visita, negocios, turismo y estudios, por periodos que sean inferiores a tres meses, no tienen que solicitar un permiso de residencia.

El extranjero procedente de uno de los Países que no aplican el Acuerdo de Schengen tendrá la obligación de declarar su entrada en el territorio nacional personalmente, en el Puesto Policial Fronterizo donde será controlado y donde se estampará el sello "Schengen" en su documento de viaje.

De lo contrario, el nacional de uno de los Países que aplican el Acuerdo de Schengen tendrá que declarar su entrada en Italia (pdf 202Kb) acudiendo a la Questura (Jefatura de Policía) de la provincia en la que vive - dentro del plazo de 8 días a partir de su entrada.

Con respecto al extranjero hospedado en un hotel/hostal, el cumplimiento de las obligaciones queda acreditado mediante el resguardo, que le entregarán en el hotel, de la declaración que ha hecho y firmado. Una copia de este documento será entregada al ciudadano extranjero para que pueda presentarla cada vez que le sea solicitada por todo oficial o agente de seguridad pública.

A partir del 8 de agosto de 2009 ha sido introducido el delito de entrada y permanencia ilegal en el territorio del Estado italiano (l.94 del 15/7/2009). Por lo tanto, quien entre o permanezca en Italia sin permiso comete el delito de inmigración ilegal, castigable con una multa de 5.000 a 10.000 euros.
Los ciudadanos extranjeros que entren o permanezcan en Italia ilegalmente serán denunciados ante el juez de paz y repatriados. El Questore (Jefe de policía provincial) pues, tras haber ejecutado la expulsión o la deportación del extranjero, informa al juez de paz, quien pronuncia la sentencia de no haber lugar a proceder/sobreseimiento libre.

13/02/2010
(modificato il 30/04/2010)
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